PLANES DE IGUALDAD



En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral. En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. En Q&MA Consultores disponemos de un equipo de profesionales que le apoyaran en la evaluación preliminar de su organización, elaborando y analizando los cuestionarios y, por supuesto, preparando el Plan de Igualdad con importantes herramientas para el seguimiento y análisis de la consecución de los objetivos incluidos en el mismo.

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